¿Qué son las comercializadoras Internacionales?

Las Comercializadoras Internacionales son aquellas “Personas jurídicas cuyo objeto social es servir de instrumento de apoyo a las exportaciones, orientando sus actividades hacia la promoción y comercialización de productos colombianos en los mercados externos, para lo cual se requiere contar con la inscripción ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. 

Los productos colombianos que serán comercializados en el exterior pueden ser adquiridos en el mercado interno o fabricados por productores socios de esta comercializadora (CI). Las demás actividades que desarrolle la empresa deberán estar siempre relacionadas con la ejecución del objeto social principal y la sostenibilidad económica y financiera de la empresa. 

Estas sociedades, podrán contemplar entre sus actividades la importación de bienes o insumos para abastecer el mercado interno o para la fabricación de productos exportables y deberán utilizar en su razón social la expresión "Sociedad de Comercialización Internacional" o la sigla "C.I", una vez hayan sido autorizadas y hayan obtenido la correspondiente aprobación y certificación de la garantía.

A partir de 18 de diciembre de 2015, es función de la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo adelantar los trámites correspondientes a las Comercializadoras Internacionales.

Cualquier inquietud al respecto puede comunicarse al correo info@mincit.gov.co

NORMATIVIDAD

Ley 67 de 1979

Decreto 1727 de 2012 y Decreto 2766 de 2012

Decreto 380 de 2012

Estatuto Tributario, Art. 479 y 481

Resolución 009 de 2013 (DIAN)

Resoluciones 106 y 107 de 2013

Decreto 1289 de 2015

 

Decreto 1451 de 2017 (Únicamente para Comercializadoras Internacionales Mipymes)

Manual de usuario aplicativo Comercializadoras Internacionales, http://www.mincit.gov.co/getattachment/mincomercioexterior/temas-de-interes/sistemas-especiales/2-comercializadoras-internacionales/manual-aplicativo/manual-ci.pdf.aspx