¿Cómo importar muestras sin valor comercial?

¿Cómo importar muestras sin valor comercial?

Se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales cuyo valor FOB total no sobrepase US$5.000 y no supere las 6 unidades.

Dentro de algunas especificaciones que contempla este régimen se encuentran:

  • Para la importación de estas mercancías no se requerirá registro o licencia de importación, salvo que por su estado o naturaleza requieran el cumplimiento de vistos buenos o requisitos que conlleven a la obtención de licencias o registros de importación, de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Gobierno Nacional.
  • Es importante que la factura comercial especifique que se trata de muestras sin valor comercial (MSVC).
  • Es importante cumplir con los requisitos exigidos por las demás entidades de control como es el caso del ICA Instituto Colombiano Agropecuario.

NOTA: Importante cumplir con todos los requisitos de la aduana en términos mínimos como cantidades y peso, así como los demás exigidos por esta entidad u otras entidades de control.